Conoce los puentes, vacaciones y descansos para este 2023
La Ley Federal del Trabajo está de tu lado si te hacen trabajar en algún día de descanso obligatorio y te pagan el triple.
Este 2023 tiene preparados varios días feriados y de descanso obligatorio para tomar un nuevo reposo.
No todas las fechas festivas o conmemorativas representan un día de asueto obligatorio.
Días de descanso obligatorio:
Domingo 1 de enero: año nuevo
Lunes 6 de febrero: en conmemoración del 5 de febrero, Día de la Constitución Mexicana
Lunes 20 de marzo: en conmemoración del 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez
Lunes 1 de mayo: Día del Trabajo
Sábado 16 de septiembre: Día de la Independencia de México
Lunes 20 de noviembre: Día de la Revolución Mexicana
Lunes 25 de diciembre: Navidad
Fechas que no están consideradas de descanso obligatorio:
Jueves 6 de abril: Jueves Santo
Viernes 7 de abril: Viernes Santo
Viernes 5 de mayo: Batalla de Puebla
Jueves 12 de octubre: Día de la Raza
Jueves 2 de noviembre: Día de muertos
Martes 12 de diciembre: Día de la Virgen de Guadalupe
Conoce los puentes, vacaciones y descansos para este 2023
Descansos para lo que resta de Ciclo Escolar 2022-2023 de la SEP:
27 de enero: Junta de Consejo Técnico Escolar
6 de febrero: Día de la Constitución Mexicana
20 de marzo: Natalicio de Benito Juárez
31 de marzo: Junta de Consejo Técnico Escolar
3 al 14 de abril: Vacaciones de Semana Santa
28 de abril: Junta de Consejo Técnico Escolar
1 de mayo: Día del Trabajo
5 de mayo: Batalla de Puebla
15 de mayo: Día del Maestro
26 de mayo: Junta de Consejo Técnico Escolar
30 de junio: Junta de Consejo Técnico Escolar
La Ley Federal del Trabajo está de tu lado si te hacen trabajar en algún día de descanso obligatorio.
Trabajadores que tengan que laborar en alguno de estos días deberán recibir un pago triple, de acuerdo al artículo 74.
Se les deposita el sueldo de un día normal más el doble por el servicio prestado ese día.